A la pregunta, los seguros de gastos médicos mayores son deducibles? La respuesta es SÍ 🙂

Y la buena noticia es que los seguros de gastos médicos son deducibles para personas físicas como persona moral!

 

Seguro de gastos médicos deducible para persona física:

 

La prima de tu seguro de gastos médicos o sea el costo es 100% deducible. De hecho, es una de la deducciones personales a las que cualquier contribuyente tiene derecho y lo mejor de todo, es que es deducible incluso si no cuentas con el CFDI o sea incluso si no cuentas con la factura!

Sólo tienes que demostrar que la póliza de seguros de gastos médicos es tuya, de tu cónyuge o de la persona con quien vives en concubinato, además de tus ascendentes o descendientes en línea directa o sea tus papas o tus hijos! De esa manera puedes esperar tener un saldo a favor!

Ese concepto está regido por el artículo 151 de la Ley del ISR, lo cual estipula que las personas físicas podrán deducir los pagos por honorarios médicos, dentales, por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado por las autoridades competentes, así como gastos hospitalarios y las primas por seguros de gastos médicos.

Pero OJO, para que las deducciones sean válidas, es MUY IMPORTANTE que el pago de tu seguro sea realizado de forma electronica es decir con tarjeta de crédito o débito, o a través de transferencia bancaria, en EFECTIVO NO!

De hecho por ley, ya los médicos, dentistas, psicólogos y nutriólogos deben contar con una terminal bancaria y se deben de aceptar pagos a través de transferencias o cheque para que los mismos clientes puedan hacer sus deducciones personales. Así que ya sabes, si se rehusan a recibir esas formas de pago, ya puedes apoyarte de la Ley para obligarlos! 🙂

 


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Seguro de gastos médicos deducible para persona moral:

 

Para las personas morales, el seguro de gastos médicos es también deducible siempre y cuando ese seguro está en beneficio de los trabajadores. Ese concepto está regido bajo el artículo 31 LISR XII, bajo el concepto de Previsión Social el cuál estipula que son deducibles los gastos realizados en beneficio de los trabajadores y de sus familiares o beneficiarios, cuando tengan por objeto elevar su nivel de vida económica, social, cultural e integral.

La previsión social debe cumplir dos conceptos más para ser 100% deducible:

  • Otorgarse de forma general a todos los trabajadoras de una misma aérea, de un mismo sindicato o a todos los no sindicalizados.
  • En caso de dos o más sindicatos, las prestaciones deben ser las mismas para los trabajadores del mismo sindicato y se deben de estipular en el contrato laboral.

Recuerda que el beneficio efectivo para la empresa será el monto de la prima pagada por el 30% (tasa de ISR para 2018). Te dejo ese ejemplo para que entiendas mejor los beneficios que tendrá tu empresa en contratar un seguro de gastos médicos para sus empleados y para hacerlo deducible.

 

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